Para iniciar un procedimiento de este tipo, lo primero que debemos saber es que no es necesario ni abogado ni procurador, pero que como veréis, es tremendamente aconsejable, porque el procedimiento puede ser largo y complicado sin la ayuda de un profesional. Situaciones reales en las que se puede dar este caso Hay multitud de casos en los que podemos estar ante el supuesto de adopción del hijo o hija de nuestra pareja, marido o mujer. Que el hijastro o hijastra haya sido concebido a través de gestión subrogada o fecundación in vitro, y no se haya reconocido nunca al padre o madre biológico. Que el padre o madre biológico del adoptado que no es nuestra pareja se haya desentendido de la crianza del menor. Puede haber sido privado de la patria potestad o no. Que el padre o madre biológico que no es nuestra pareja haya fallecido. Que el adoptado haya sido ya adoptado por nuestra pareja previamente, y se desconozca la identidad de sus padres biológicos o estos no ostenten la patria potestad. Con ello, primeramente, queremos decir que no ha de ser una pareja heterosexual, es decir, esto se aplica a cualquier tipo de pareja, sean del mismo o diferente sexo. Requisitos del adoptado El adoptado no tiene por qué ser menor de edad, puede ser mayor de edad siempre y cuando se pruebe una convivencia entre adoptante y adoptado de al menos un año.
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Vas a adoptar? Ya adoptaste? Eres adoptivo a? Pueden personas solteras adoptar? Que edades? Familias Monoparentales y mas Si, las personas solteras pueden adoptar. Estoy escribiendo este artículo sobre la prohijamiento en personas solteras pues ya tengo muchas amigas que me preguntan esto, muchas de ellas entre los 35 y 55 años de edad, todas las que me escribieron tienen la ilusión siempre de bebes, pero por lo que se en la generalidad de países solo otorgan niños mayores de 4 años a personas solteras y no bebes, esto tiene un por qué.