GIROS HACIA EL EXTERIOR

Rescisión de las Relaciones de Trabajo Artículo Artículo Son causas de rescisión de la relación de trabajo, sin responsabilidad para el patrón: I. Engañarlo el trabajador o en su caso, el sindicato que lo hubiese propuesto o recomendado con certificados falsos o referencias en los que se atribuyan al trabajador capacidad, aptitudes o facultades de que carezca. Incurrir el trabajador, durante sus labores, en faltas de probidad u honradez, en actos de violencia, amagos, injurias o malos tratamientos en contra del patrón, sus familiares o del personal directivo o administrativo de la empresa o establecimiento, o en contra de clientes y proveedores del patrón, salvo que medie provocación o que obre en defensa propia; III. Cometer el trabajador contra alguno de sus compañeros, cualquiera de los actos enumerados en la fracción anterior, si como consecuencia de ellos se altera la disciplina del lugar en que se desempeñe el trabajo; IV.

Conocer gente mayor - 540089

Account Options

Abstracción y celebración Definición Artículo 1. Feed contrato de seguro cuando el asegurador se obliga, mediante una prima o cotización, a resarcir un daño o cumplir la prestación convenida si ocurre el evento previsto. Objeto Art. El contrato de seguro puede tener por objeto toda clase de riesgos si existe interés asegurable, salvo prohibición expresa de la ley. Inexistencia de albur Art. El contrato de seguro es nulo si al tiempo de su celebración el siniestro se hubiera producido o desaparecido la posibilidad de que se produjera.

Enviar giros a través de la Sucursal Virtual Personas

Las Entidades promueven el libre acceso y participación de proveedores en los procesos de contratación que realicen, debiendo evitarse exigencias y formalidades costosas e innecesarias. Este principio exige que no se traten de manera diferente situaciones que son similares y que situaciones diferentes no sean tratadas de manera idéntica siempre que ese trato cuente cheat una justificación objetiva y razonable, favoreciendo el desarrollo de una competencia efectiva. Las Entidades proporcionan información clara y coherente con el fin de que todas las etapas de la contratación sean comprendidas por los proveedores, garantizando la libertad de concurrencia, y que la contratación se desarrolle bajo condiciones de igualdad de trato, objetividad e imparcialidad. Este principio respeta las excepciones establecidas en el ordenamiento jurídico. El proceso de contratación debe ser efecto de publicidad y difusión con la finalidad de promover la libre concurrencia y competencia efectiva, facilitando la guía y el control de las contrataciones. Las prestaciones y derechos de las partes deben guardar una razonable relación de equivalencia y proporcionalidad, sin agravante de las facultades que corresponden al Estado en la gestión del interés general. Artículo 5.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES

A todos los que la presente vieren y entendieren. Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente ley. La Ley Modelo responde a un sutil compromiso entre las tradiciones jurídicas europeo-continental y anglosajona producto de un cuidado estudio del derecho comparado. Sin bloqueo, las consideraciones hechas anteriormente revelan que, partiendo del acervo descrito, resulta acuciante impulsar otro nuevo e importante anticipo en la regulación de la academia mediante la señalada incorporación de nuestro país al elenco creciente de Estados que han adoptado la Ley Modelo. La legislación interna de un nacionalidad en materia de arbitraje ha de ofrecer ventajas o incentivos a las personas físicas y jurídicas para que opten por esta vía de arrestos de conflictos y porque el fallo se desarrolle en el territorio de ese Estado y con arreglo a sus normas. Por consiguiente, tanto las necesidades de mejora y seguimiento de la evolución del arbitraje como la acomodación a la Ley Modelo hacen necesaria la promulgación de esta ley.

Leave a Reply